– Cipolletti : En un Establecimiento Privado, la patronal pretendía hacerles firmar contratos a plazo fijo a cuatro docentes que se desempeñaban en carácter de suplentes. Aclaración: Los contratos de por sí son nulos de nulidad manifiesta por contrariar la ley de contrato de trabajo.
Habiendo hecho el reclamo, y con la intervención del SADOP, el empleador entendió su accionar indebido y modifico su postura.
– Bariloche: En una Institución Educativa de Gestión Privada de Bariloche, se impuso una sanción a una docente porque- según el empleador- no había comunicado en tiempo y forma la prolongación de su licencia en el receso de invierno atento haber sido sometida a una intervención quirúrgica. Interviene el Sadop y a través de la Delegación de Trabajo se realiza una audiencia de conciliación. Resultado: El representante legal del establecimiento tuvo que dejar sin efecto la sanción.
Como estos casos, son numerosos los que se presentan ante el Sadop Río Negro, el cual actuando siempre a derecho, obtiene resultados positivos para que los derechos de los trabajadores sean reconocidos.
Afiliate al Sadop, NO ESTES SOLO.